El traspaso Online se hace a través de la aplicación CESCO Digital
Para poder realizar el traspaso mediante el CESCO Digital; los vehículos no pueden tener gravámenes ni multas de peajes y el auto debe estar saldo.
El vendedor debe tener el Certificado del Título en original, no copia; el vehículo no debe haber sido registrado antes del 11 de julio de 1987; las partes deben tener una edad mínima de 21 años y ser ciudadanos estadounidenses
En el APP debe ir al botón “Mi vehículo” donde le aparecerá Traspaso de Vehículos
El proceso que debe seguir para lograr un traspaso digital es el siguiente:
¿Qué debe saber antes del proceso?
¿Qué debe hacer el vendedor? (El dueño titular del vehículo.)
¿Qué debe hacer el Comprador? (La persona que obtendrá el Certificado de Título firmado.)
Completarlos encasillados correspondientes en el área de Traspaso de Título en la parte posterior del Certificado del Título:
Proceso en CESCODigital:
Este proceso es requiere interacción entre el vendedor y el comprador. Por tanto, ambos deben tener la aplicación móvil de CESCO Digital y completar el proceso de registrar un email en la misma.
Pasos del Vendedor
1. El vendedor comienza el proceso de Traspaso al presionar la opción de Traspasar Vehículo en la pantalla de detalle del vehículo. Esta opción solo aparece a los vehículos que cumplen con los requisitos para traspaso sencillo.
2. Ingresa el número de título y la fecha de impresión.
3. El vendedor ingresa el correo electrónico del comprador. Si el email del comprador no está registrado en CESCO Digital, no se podrá continuar con el proceso.
Pasos del Comprador:
1. Recibe alerta de Solicitud de Traspaso deVehículo en la pantalla principal de CESCO Digital.
2. Acepta o rechaza la solicitud de traspaso
Pasos del Vendedor:
1. Recibe alerta de aceptación del comprador sobre la solicitud de traspaso. Al continuar, aparecerá una pantalla con el detalle del vendedor, el vehículo a ser traspasado y el comprador
2. Ve desglose de cargos (incluye multas) y se presenta el resumen del Traspaso
3. Paga el traspaso y multas (si aplica)
4. Se presenta comprobante de traspaso al vendedor y comprador con el detalle de la transacción e instrucciones a seguir.
Pasos del Comprador:
1. Recibe notificación del traspaso completado
2. Escoge el CESCO para el entregar el titulo firmado y recoger el título actualizado
3.Recibe cita para el recogido del Certificado de Título nuevo
Documentos que el comprador debe llevar para recoger el nuevo título:
1. Nombre del comprador
2. Calle y número
3. Urbanización o Barrio
4. Pueblo
5. Firma del comprador
Identificación del dueño registral, de no estar presente autorizar alguna persona por escrito y enviar copia de la identificación con foto y la persona deberá presentar identificación con foto.
Sello de rentas internas $11.00 comprobante 0842 $2.00
Notificación de cambio de dirección
Declaración jurada solicitando duplicado del Permiso de vehículo e indicando lo sucedido, de ser perdida o hurtada deberá incluir número de querella de la policía, la misma deberá indicar que: » Relevamos a DTOP de toda responsabilidad»
Certificación de pago de marbete (banco, colecturía o cooperativa) con desglose de boletos (si aplica) o copia de la licencia extraviada,
sellos de $6.00 comprobante código 0842 de $2.00
Licencia del vehículo
certificado de titulo original con la cancelación de la venta condicional de no tenerlo deberá traer la carta de cancelación de venta condicional de la institución financiera y solicitar el duplicado del título de propiedad.
Licencia del vehículo
Certificado de título de propiedad original
Copia del contrato del banco extranjero
Pagar el .005% del precio de venta en sellos de rentas internas.
Licencia del vehículo
Certificado de título
Copia del contrato de la cooperativa extranjera
Comprobante 1696 por la cantidad de $15.00.
Traer vehículo para ser inspeccionado en el área de inspección e investigación
Licencia del vehículo
Certificado de titulo (no se requiere titulo si tiene deuda con alguna institución financiera)
No tener multas.
1. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o no estar gravado en el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete.
2. Certificado de Título.
3. Juramentación del traspaso:
a. Es al dorso del Certificado de Título o mediante Declaración Jurada firmada por la parte cedente (vendedor) y la parte adquiriente (comprador) solicitando el traspaso y duplicado del Título de Propiedad (Nota: En los casos donde se realice el traspaso mediante Declaración Jurada debe incluir sello de rentas internas código 5120, por el valor de seis(6) dólares y comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos(2) dólares, en adición deberá traer el vehículo al CESCO para ser inspeccionado acompañado de un comprobante de rentas internas código 2031, por valor de treinta (30) dólares, es importante que en la misma se indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción".
b. Del vehículo haber sido registrado antes del 11 de julio de 1987 deberá presentar la licencia del vehículo y solicitar el Título de Propiedad, incluyendo un sello de rentas internas código 5120, por el valor de once (11) dólares y comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
4. Carta de saldo (si el vehículo tiene Gravamen Mobiliario-venta condicional), junto a un comprobante de rentas internas código 1696, por valor de cinco (5) dólares. Si el gravamen mobiliario fue inscrito después del 13 de enero de 2013, no tiene costo.
5. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de quince (15) dólares.
6. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
1. Declaración Jurada haciendo constar las gestiones realizadas cuando el dueño registral haya desaparecido o se negar e afirmar después de la venta, esta debe incluir una descripción completa del vehículo, es importante que en la misma se indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”.
2. Evidencia de carta solicitando al dueño registral realizar el traspaso, enviada con certificación de acuse de recibo ponchada por el Servicio Postal de los Estados Unidos.
3. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o noestar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete.
4. De no tener Certificado de Título deberá solicitar un duplicado en la Declaración Jurada e incluir un sello de rentas internas código 5120, por el valor de seis (6) dólares, comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
5. Carta de saldo (si el vehículo tiene Gravamen Mobiliario) y comprobante de rentas internas código 1696, por valor de cinco (5) dólares. Si el gravamen mobiliario fue inscrito antes del 13 de enero de 2013, no tiene costo.
6. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de quince (15) dólares.
7. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
8. Deberá traer el vehículo al CESCO para ser inspeccionado acompañado de un comprobante de rentas internas código 2031, por valor de treinta (30) dólares, de ser un arrastre no aplica.
9. El funcionario del Área de Inspección del CESCO determinara si es necesario el Certificado de Inspección (FormaPPR-325). Esto siempre que al vehículo le falte un “label”, tenga piezas cambiadas y la persona no tiene el recibo de compra o por cualquier otro motivo que el funcionario estime necesario.
10. Del vehículo estar registrado a nombre de una compañía o corporación, deberá someter una Certificación Negativa del Departamento de Estado.
NOTA: En los casos que… sila persona compra o adquiere un vehículo y no efectúa el traspaso correspondiente:
a. Aunque la persona cumpla con todos los requisitos, pero el vehículo tiene un gravamen de desaparecido el traspaso no se puede efectuar, la persona tendrá que acudir al tribunal y solicitar la autorización para el traspaso correspondiente.
b. Si tiene gravamen de difunto tiene que realizar el trámite correspondiente o acudir al tribunal y solicitar la autorización para el traspaso correspondiente.
1. Original y copia del Testamento o de la Declaratoria de Herederos ponchada o validada por el tribunal, de no existir ninguno de los anteriores deberá acudir al tribunal.
2. Original y copia de la Certificación de Caudal Relicto.
3. Declaración Jurada ante Notario Público, utilizando una de las siguientes opciones:
a. Si es un único heredero, este aceptando los derechos de la unidad.
b. Si hay varios herederos, estos cediendo sus derechos y el nuevo dueño (que pudiese ser uno de los herederos) aceptando los derechos.
Nota: Es importante que en la misma se indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”.
4. Si uno o más herederos es menor de edad, deberá incluir el valor del vehículo y el nombre y la firma de su tutor legal en la Declaración Jurada. Del valor del vehículo exceder los dos mil (2,000) dólares, deberá traer una Orden del Tribunal que autorice el traspaso. Además, deberá entregar copia del Acta de Nacimiento del menor.
5. Si algún heredero emite un poder para que otra persona lo represente en la juramentación, deberá incluir copia del mencionado poder.
6. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete.
7. Certificado de Título (solo aplica a vehículos registrados después del 11 de julio de 1987), de no tenerlo favor solicitar un duplicado en la Declaración Jurada e incluir un sello de rentas internas por el valor de seis (6) dólares y comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
8. Carta de saldo (si el vehículo tiene Gravamen Mobiliario) y comprobante de rentas internas código 1696, por valor de cinco (5) dólares. Si el gravamen mobiliario fue inscrito antes del 13 de enero de 2013, no tiene costo.
9. Sello de rentas internas código 5120,por el valor de quince (15) dólares.
10.Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
Cesión de derechos debidamente juramentada
Condition Report,
Fotos del vehículo (ponchadas por la institución financiera)
Certificado de inspección de vehículos hurtados (PPR-325)
Licencia del vehículo, Certificado de título
Hoja de pago emitida por el área tramites especiales para los pagos correspondientes
Cesión de derechos debidamente juramentada
Condition Report
Fotos del vehículo (ponchadas por la institución financiera)
Certificado de inspección de vehículos hurtados (PPR-325) que indique las piezas a ser Re identificadas licencia del vehículo, certificado de título
Hoja de pago emitida por división de inspección para el pago correspondiente
Licencia de vehículo,
Certificado de título juramentado al dorso que no tenga venta condicional
Permiso de la Comisión de Servicio Público o Compañía de Turismo con el tiempo de vigencia
Inspección de la Comisión de Servicio Público o Compañía de Turismo
Sellos de Rentas Internas de $15.00 Comprobante 0842 $2.00
licencia de vehículo
Certificado de título de propiedad con juramentación al dorso o en su lugar declaración jurada con la juramentación con la firma del leasing al dorso del título
Sellos de rentas internas de $15.00
Comprobante 0842 $2.00
Licencia del vehículo
Título de propiedad juramentado al dorso por un abogado
Resolución de la compañía donde indica el vehículo a traspasar y a quien se le vende
Sello de $15.00
Comprobante 0842 $2.00
Con la resolución de Tribunal, la personal va al abogado hacer la aceptación del vehículo (protocolización de documento)
Sello $15.00
Comprobante 0842 $2.00
Formulario de despacho de la Junta de Confiscaciones SC-1504
Formulario de adquisición de la Junta de Confiscación SC-1508
Reporte de la condición del vehículo SC-1503
Hoja del sistema David Plus y fotos del vehículo
Certificado de inspección de vehículos hurtados PPR-325
Orden de confiscación del tribunal o depto. Justicia
Declaración jurada aceptando los derechos de la unidad e indicando que “Relevan a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”
Sello de $15.00 y de $6.00
Comprobante 0842 $2.00
1. Resolución de DACO original (querella)
2. Declaración Jurada indicando que el concesionario ceso operaciones, y los datos del vehículo, es importante que en la misma se indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”.
3. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible, tener discrepancia o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete.
4. Certificado de Título, de no tenerlo deberásolicitar duplicado en la Declaración Jurada e incluir sello de rentas internas código 5120, por el valor de seis (6) dólares y comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
5. Factura de compra
a. De haber adquirido el vehículo mediante financiamiento local o extranjero, traer el contrato y pagará el .005%, del precio de venta en comprobante de rentas internas, código 2031. Las cooperativas locales y extranjeras están exentas.
b. Comprobante de rentas internas código 1696, por el valor de quince (15) dólares. Las cooperativas locales y extranjeras están exentas.
6. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de quince (15) dólares.
7. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
8. Certificado de Inspección (Forma PPR 325) de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico.
Carta de saldo (si el vehículo tiene Gravamen Mobiliario) y comprobante de rentas internas código 1696, por valor de cinco (5) dólares. Si el gravamen mobiliario fue inscrito antes del 13 de enero de 2013, no tiene costo.
1. Formulario DTOP-776 “Solicitud para Registración de Vehículos de Motor”.
2. Certificado de Origen o Título de Propiedad del Vehículo, si aplica de acuerdo al N.A.D.A. “National Automobile Dealer Association o Polk”, de no aplicar se requerirá la registración del vehículo.
a. De haber adquirido el vehículo mediante financiamiento local o extranjero, traer el contrato y pagará el .005%, del precio de venta en sellos de rentas internas, código 2031. Las cooperativas locales y extranjeras están exentas.
b. Comprobante de rentas internas código 1696, por el valor de quince (15) dólares.
Nota: Todo vehículo financiado en el extranjero, no le será requerido el Título de Propiedad, sin embargo, se le requerirá una autorización del acreedor por escrito para registrar en Puerto Rico, junto a la registración o copia del Título de Propiedad y contrato.
3. Hoja de Arbitrios (Forma SC-2042), esta forma la emite el Departamento de Hacienda.
4. Comprobante de rentas internas código 2024, por el valor de once (11) dólares, por concepto del registro.
5. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
6. Pagar la diferencia de los derechos anuales.
7. Certificado de Inspección por Emanación de Gases, si aplica.
8. En casos de vehículos pesados, deberán presentar Certificación de Pesaje.
9. Si el ciudadano acude al CESCO a registrar un vehículo y presenta los comprobantes de pago de ACAA, se procederá a realiza el registro.
Licencia provisional del vehículo
Hoja de Arbitrios SC-2042
Resolución de DACO original (Querella)
Factura de compra y de tener deuda con institución financiera traer el contrato
Declaración jurada indicando que el dealer se fue a quiebra y los datos del vehículo
Certificación de inspección por emanación de gases
Certificación de inspección de vehículos hurtados PPR-325
Hoja de pago emitida por la división de tramites especiales para pagos correspondiente
1. Formulario DTOP-776 “Solicitud para Registración de Vehículos de Motor”.
2. Certificado de Origen o Título de Propiedad del Vehículo, si aplica de acuerdo al N.A.D.A. “National Automobile Dealer Association”, de no aplicar se requerirá la registración del vehículo.
a. De haber adquirido el vehículo mediante financiamiento local o extranjero, deberá traer el contrato y pagará el .005%del precio venta en sellos de rentas internas, código 2031. Las cooperativas locales y extranjeras están exentas.
b. Comprobante de rentas internas código 1696, por el valor de quince (15) dólares.
Nota: Todo arrastre financiado en el extranjero se le requerirá una autorización del acreedor por escrito para registrar en Puerto Rico y copia de contrato.
3. Hoja de Arbitrios (Forma SC-2042a), esta forma la emite el Departamento de Hacienda.
4. Comprobante de pago de Derechos Anuales.
5. Comprobante de pago del Seguro del ACAA.
6. Comprobante de pago del Seguro Obligatorio, si aplica.
7. Comprobante de rentas internas código 2024, por el valor de once (11) dólares, por concepto de registro.
8. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
9. Si el ciudadano presenta los comprobantes de ACAA, Seguro Obligatorio y Derechos Anuales se le expedirá el marbete en el CESCO.
10. La asignación del marbete no se debe considerar una obligación en el procedimiento del registro.
1. Formulario DTOP-776 “Solicitud para Registración de Vehículos de Motor”.
2. Declaración de Jurada que incluya lo siguiente:
a. Los materiales usados para la construcción del arrastre y el costo total.
b. Las medidas (largo, ancho, altura) conforme ala Ley.
c. El uso que se le va a dar al arrastre.
d. Capacidad aproximada de carga
e. Peso vacío aproximado.
f. Es importante que en la misma se indique:“Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”.
3. Fotos del arrastre, una frontal diagonal y una trasera diagonal. En la foto trasera debe apreciarse los focos y guardalodos.
4. Hoja de Arbitrios (Forma SC-2042a), esta formala emite el Departamento de Hacienda.
5. Se le ingresará 1¢ en arbitrios.
6. Comprobante de pago de Derechos Anuales, si aplica.
7. Comprobante de pago del Seguro del ACAA, si aplica.
8. Comprobante de pago del Seguro Obligatorio, esto dependerá de la capacidad de carga, si aplica.
9. Comprobante de rentas internas código 2024, por el valor once (11) dólares, por concepto de registro.
10. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
11. Precio contributivo será el que está en la Declaración Jurada.
12. Deberá llevar copia de la Declaración Jurada al Departamento de Hacienda.
13. El funcionario del CESCO requerirá una inspección de la Oficina de Inspección-CESCO del arrastre. De ser este el caso el funcionario le dará una cita (día y hora) para asistir al CESCO con el arrastre y deberá entregar un comprobante de rentas internas código 2031, porel valor de treinta (30) dólares.
Traer el vehículo para ser inspeccionado por el área de inspección
Licencia del vehículo
No tener multas.
1. El dueño registral deberá hacer una Declaración Jurada solicitando reemplazo de marbete e indicar lo sucedido si el mismo seperdió, fue hurtado o destruido, es importante que en la misma se indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”. Si el caso es por destrucción y entregar el marbete deteriorado, partido (todos los pedazos) no tendrá que presentar la Declaración Jurada, pero si la Certificación de Marbete (esto lo obtiene donde compro el marbete).
2. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres, de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
3. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de tres (3) dólares.
4. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
1. Traer licencia del vehículo e identificación con foto del dueño registral al CESCO para buscar un referido para Vehículos Hurtados.
a. Junto con el referido deberá someter todos los documentos requeridos por la Policía de Puerto Rico para obtener el Certificado de Inspección (Forma PPR 325) de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico.
2. Si las piezas son de un vehículo que está registrado, primero tendrá que ser declarado chatarra.
3.Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
4. Certificado de Título (solo aplica a vehículos registrados después del 11 de julio de 1987, además no se requiere el Certificado de Título si el vehículo tiene deuda con alguna institución financiera).
5. Traer nuevamente el vehículo al CESCO para re-identificar las piezas indicadas en el Certificado de Inspección (Forma PPR325) de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico.
Nota: Vehículos Hurtados determinara los documentos necesarios para hacer la re-identificación.
1. Formulario DTOP-373 “Solicitud para obtener Tablilla Especial Personalizada para Ciudadanos Particulares”.
2. Declaración Jurada solicitando duplicado de tablilla ante un Notario Público, en la misma indicará lo sucedido con la tablilla, es importante que la misma indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”.
3. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
4.El costo de la tablilla dependerá del modelo de la tablilla personalizada que la persona escoja:
Tablilla modelo regular:
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de ciento (100) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
Tablilla modelo europea:
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de ciento treinta y cinco (135) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
Tablilla modelo fondo COPUR (Comité Olímpico de Puerto Rico):
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de ciento treinta y cinco (135) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
Comprobantede rentas internas código 4189, por el valor de treinta (30) dólares.
Nota: la persona tiene la opción de solicitar una tablilla privada en lo que se tramita la nueva tablilla de personalizada.
Deberá presentar:
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de once (11) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dos.
Licencia de vehículo con marbete vigente
1. Traer la tablilla deteriorada.
2. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
3. Si la tablilla es pública o turística deberá traer autorización del Negociado de Transporte y Otros Servicios Públicos o de la Compañía de Turismo.
1. Formulario DTOP-DIS-058 “Solicitud de Tablilla Especial para Veteranos”.
2. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete.
3. Someter certificación del Departamento Federal de Asuntos del Veterano, o la Forma DD-214 expedida por el Departamento de la Defensa de los Estados Unidos.
4. El veterano deberá utilizar la tablilla especial en su vehículo demotor de uso privado.
5. El vehículo de motor en el cual se utilizará la tablilla especial deberá estar registrado a nombre del veterano o a nombre del tutor de éste.
6. La primera tablilla estará exenta del pago de derechos, sin embargo,por cada tablilla adicional se requerirá un comprobante de rentas internas código 2010, por la cantidad de once (11) dólares y un comprobante de rentas internas código 0842 por el valor de dos (2) dólares.
7. Evidencia de pago de toda multa administrativa o cancelación de gravamen, si alguno
8. Devolver la tablilla privada, al momento de ser procesada la transacción.
Estuario
Permiso del vehículo
Entregar tablilla anterior del vehículo
Comprobante 2010 $10.00
Comprobante 4442 $20.00
Europea
Permiso del vehículo
Entregar Tablilla anterior del vehículo
Comprobante 2024 $30.00
Las solicitudes para tablilla especial Personalizadas serán referidas a DISCO para el trámite correspondiente.
1.Formulario DTOP-373 “Solicitud para obtener Tablilla Especial Personalizada para Ciudadanos Particulares”.
2. Original y copia del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete. La licencia original será entregada al momento de ser procesada la transacción.
3. Devolver la tablilla anterior, al momento de ser procesada la transacción.
4. En caso de tratarse de un vehículo que aparezca registrado como “Leasing”, arrendamiento, deberá acompañar la solicitud con una carta original de la compañía arrendataria aprobando la sustitución de la tablilla.
5. La tablilla debe tener un mínimo de cuatro (4) y un máximo de siete (7) caracteres para vehículos y un mínimo de tres (3) y un máximo de seis (6) caracteres para motoras, de números o letras o combinación de ambos.
6. No podrá llevar grabadas palabras soeces, ofensivas ode mal gusto, dígitos o nombres de marcas registradas, siglas utilizadas en el comercio, letras o combinaciones de estas que puedan tener parecido o igual dada las tablillas del Gobierno de Puerto Rico o Federal. Ninguna tablilla podrá provocar confusión o afectar adversamente el bienestar general o la sana convivencia; ni se expedirá en caso de que haya sido expedida previamente. El uso de ciertas palabras, números, letras o combinaciones será a discreción del secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas.
7.Será aprobada por el secretario o su representante autorizado.
8.En caso de tratarse de un vehículo de motor que posea tablilla de carga liviana, podrá solicitar la tablilla personalizada, pagando los derechos anuales correspondientes de la tablilla de carga.
9. Costos:
Tablilla modelo regular:
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de ciento (100) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
Tablilla modelo europea:
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de ciento treinta y cinco (135) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
Tablilla modelo fondo COPUR (Comité Olímpico de Puerto Rico):
Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de ciento treinta y cinco (135) dólares.
Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
Comprobante de rentas internas código 4189, por el valor de treinta (30) dólares.
10. Evidencia de pago de toda multa administrativa o cancelación de gravamen, si alguno.
1. Formulario DTOP-DIS-341 “Solicitud de Tablilla Especial para Personas con Impedimentos Físicos Permanentes y Equipo Asistido para Conducir”.
2.Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (siestá vigente), de no estar legible o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete. La licencia original será entregada al momento de ser procesada la transacción.
3.Someter original y copia de la certificación emitida por el Departamento de Salud o un médico especialista en la condición que padece el solicitante de la tablilla especial, la cual debe tener no más de seis (6) meses de expedida.
4.Someter licencia de conducir vigente, original y copia.
5.Tener equipado el vehículo de motor de uso privado, con el equipo asistido el cual será inspeccionado y certificado por el representante autorizado de secretario
6.Tener registrado el vehículo de motor de uso privado y exclusivoa nombre del solicitante, en el cual utilizará la tablilla especial. De venderel vehículo deberá retener la tablilla o devolverá al secretario de no teneruso futuro para ella.
7. Devolver la tablilla privada, al momento de ser procesada la transacción.
8.Tener la tablilla especial debidamente colocada en la parte posterior, para poder estacionarse en los espacios reservados para van y vehículos de motor adaptados.
9.Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de veintidós (22) dólares.
10.Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
11. Evidencia de pago de toda multa administrativa o cancelación de gravamen, si alguno.
Inspeccionar el vehículo para saber si cualifica para la tablilla privada
Inspeccionar el vehículo para saber si cualifica para la tablilla privada
Licencia del vehículo
Traer las tablillas privadas
Autorización de la comisión de servicio público o compañía de turismo con ponche original
Inspección de la Comisión de Servicio Público o Compañía de Turismo
Comprobante código 2010 $11.00
Comprobante 0842 $2.00
Pagar diferencia del seguro
Licencia del vehículo
Traer las tablillas públicas o turísticas
Autorización de la Comisión de Servicio Público o Compañía de Turismo
Comprobante 2010 $11.00
Comprobante 0842 $2.00
Licencia de los dos vehículos envueltos en la transacción
Autorización de la Comisión de Servicio Público o la Compañía de Turismo
1. Traer el vehículo para ser inspeccionado en el CESCO.
2. Certificado de Inspección (Forma PPR 325) de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico.
3. Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres.
4. Certificado de Título.
Nota: Si el caso es reciente pueden verificarlos documentos.
Licencia del vehículo
Certificado de título (no se requiere si tiene deuda con institución financiera)
Certificación del Centro de Pesajes de Salinas.
Licencia de vehículo
Si es por veterano deberá traer una carta de la administración de veteranos que indique que tiene 100% de incapacidad (beneficio para un solo vehículo)
Si es por ser vehículo publico deberá traer el permiso de la comisión de servicio público (beneficio para un solo vehículo)
1. Identificación con foto del dueño registral al CESCO para buscar un referido para Vehículos Hurtados.
2. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
3. Entregar el Certificado de Inspección (Forma PPR 325) de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico, para registrar el cambio de motor en el Sistema DAVID+ del Centro de Servicios al Conductor (CESCO).
Cumplir con el requisito de los años según la categoría
Comprobante de rentas internas 2024 $11.00
Permiso del vehículo, 3 fotos del vehículo lado, frente y trasera
Inspección del automóvil y aprobación del comité evaluador para la expedición de esta tablilla especial
Devolver la tablilla anterior
El dueño a registrar deberá hacer una declaración jurada solicitando gravamen de litigio indicando la razón para solicitar el gravamen, la declaración deberá indicar que «Releva al DTOP de toda responsabilidad en esta transacción»
Si el vehículo tiene deuda con algún banco, cooperativa o casa financiera, deberá traer una autorización de estos para que se le imponga el gravamen
Comprobante $40.00 código 2031
Hacer entrega de la tablilla (excepto tablilla personalizada)
Licencia de vehículo (si aplica)
Certificado de titulo (solo aplica a vehículos registrados después del 11 julio 1987)
El dueño registral deberá llenar frente a un funcionario del DTOP el:
De no cumplir con lo anterior el dueño registral deberá hacer una declaración jurada solicitando gravamen de chatarra, es importante que: «Releve al DTOP de toda responsabilidad en esta transacción» y deberá indicar los documentos que está entregando:
Tablilla
Certificado de título
Licencia de vehículo
Carta de cancelación de venta condicional
Si no devuelve tablilla deberá incluir en la declaración jurada el número de querella de la policía.
Comprobante 1696 $15.00
Traer hoja del centro hipotecario cancelando la hipoteca
Orden del tribunal o del Departamento de Hacienda
Comprobante $40.00 código 0827
Autorización cancelación de embargo de la parte interesada
Comprobante 0827 $5.00
Imponer
Declaración jurada solicitando gravamen de desaparecido
Comprobante 0827 $20.00
Cancelar
Declaración jurada solicitando la cancelación del gravamen
Comprobante 10.00 0827
Recibo de boletos pagados
Si es por tribunal deberá traer la resolución ponchada por el tribunal
Estos casos serán referidos a la Oficina de Asesores en DISCO, para evaluación y aprobación.
1. Formulario DTOP-776 “Solicitud para Registración de Vehículos de Motor”.
2. Certificado de Origen o Título de Propiedad.
3. Hoja de Arbitrios (Forma SC-2042), esta forma la emite el Departamento de Hacienda.
4. Formulario DTOP-DIS-039 “Inspección Vehículo Baja Velocidad (LSV)”.
5. Formulario DTOP-DIS-247 “Certificación de Vehículo de Baja Velocidad por Concesionario”. Certificación del Concesionario indicando que el vehículo cumple con estos requisitos básicos para registro. De lo contrario, se inspeccionará el vehículo en el CESCO y deberá entregar un comprobante de rentas internas código 2031, por el valor de treinta (30)dólares.
6. Comprobante de pago de Derechos Anuales, si aplica.
7. Comprobante de pago del Seguro del ACAA, si aplica.
8. Comprobante de pago del Seguro Obligatorio, si aplica.
9. Comprobante de rentas internas código 2024, por el valor de once (11) dólares.
10. Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares.
DTOP-776 “Solicitud para Registración de Vehículos de Motor”
DTOP-DIS-039 “Inspección Vehículo Baja Velocidad (LSV)”
DTOP-DIS-247 “Certificación de Vehículo de Baja Velocidad por Concesionario”
Los automóviles o motocicletas se clasificarán dependiendo de la cantidad de años que hayan sido construidos por lo menos antes de la fecha de expedición de la tablilla de la siguiente manera:
Requisitos:
1. Formulario DTOP-22 “Solicitud para obtener Tablilla Especial para Automóviles Antiguos, Clásicos o Clásicos Modificados”.
2. Original y copia del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentar Certificación de Marbete. La licencia original será entregada al momento de ser procesada la transacción.
3. Cuatro (4) fotos a color del vehículo de ambos lados, frente y parte trasera.
4. Inspección del automóvil y aprobación del Comité Evaluador para la expedición de esta tablilla especial.
5. Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de dos (2) dólares.
6. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
7. Evidencia de pago de toda multa administrativa o cancelación de gravamen, si alguno.
8. Devolver la tablilla privada, al momento de ser procesada la transacción.
1. Formulario DTOP-856 “Solicitud para Tablillas Especial de Radioaficionado.
2. DeclaraciónJurada solicitando duplicado de tablilla ante un Notario Público, en la misma indicará lo sucedido con la Tablilla, es importante que la misma indique: “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción”.
3. Certificación de la Comisión Federal de Comunicaciones y la licencia de Comisión Federal de Comunicaciones vigente.
4. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
5. Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de once (11) dólares.
6. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
Nota: la persona tiene la opción de solicitar una tablilla privada en lo que se tramita la nueva tablilla de radioaficionado. Deberá presentar:
DTOP-856 “Solicitud para Tablillas Especial de Radioaficionado"
1. Documento de Propiedad: Certificado de Origen o Factura.
2. Comprobante de Pago SC-2042a (Arbitrios) del Departamento de Hacienda.
3. Pago de ACAA de treinta y cinco (35)dólares.
4. Comprobante de rentas internas código 2024, por valor de doscientos setenta y cinco (275) dólares.
5. Comprobante de rentas internas código 0842, por valor de dos (2) dólares por cada tablilla.
1. Original del Permiso paraVehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible o no estar gravado el Sistema DAVID+ deberá presentarCertificación de Marbete.
2. Certificado de Título juramentado al dorso.
3. PresentarContrato de traspaso de cuenta:
4. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de quince (15) dólares.
5. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
1. En los casos de pérdida o hurto el dueño registral deberá presentar una Declaración Jurada solicitando reemplazo de tablilla ante un Notario Público, en la misma indicará lo sucedido con la tablilla, es importante que se indique“Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción” (Si es tablilla de arrastre o motora y tiene marbete vigente deberá incluir que solicita reemplazo de marbete).
2. En el caso que el dueño registral desee cambiar la tablilla por seguridad o alguna otra causa, deberá entregar la tablilla que posee.
3. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
4. Comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de once (11) dólares.
5. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
6. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de tres (3) dólares, (solo si se solicita reemplazo de marbete).
7. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
8. Si la Tablilla es Pública o Turística deberá traer autorización de la Negociado de Transporte y otros Servicios Públicos o de la Compañía de Turismo.
1. Si el reemplazo es por deterioro y entrega el titulo deteriorado esta transacción no tiene costo.
2. El dueño registral deberá hacer una Declaración Jurada solicitando reemplazo e indicar lo sucedido con el Certificado de Título; en el caso de pérdida, hurto o destrucción. Es importante que en la misma se indique “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción y que el Certificado de Título no ha sido retenido por la Policía de Puerto Rico, ni suspendido por el Tribunal”.
3. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de seis (6) dólares.
4. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
5. Carta de saldo (si el vehículo tiene Gravamen Mobiliario) y comprobante de rentas internas código 1696, por el valor de cinco (5) dólares.
1. El dueño registral deberá hacer una Declaración Jurada solicitando reemplazo de Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres e indicar lo sucedido con el permiso; si el mismo se perdió o fue hurtado, además en la misma debe indicar “Relevamos a DTOP de toda responsabilidad en esta transacción y que la misma no ha sido retenida por la Policía, ni suspendida por el tribunal”.
2. Sello de rentas internas código 5120, por el valor de seis (6) dólares.
3. Comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
4. Certificación de pago de marbete, en el caso que el marbete vigente está gravado en el Sistema DAVID+ no será necesaria dicha certificación. Esta deberá incluir el desglose de boletos pagados (si aplica) la misma puede ser sustituida por copia del Permiso para Vehículos de Motor extraviado.
1. Debe ser solicitado por el dueño registral del vehículo.
2. De este no poder estar presente el dueño registral para realizar la transacción podrá autorizar a una persona por escrito y deberá incluir copia de una identificación con foto vigente del dueño y persona autorizada.
1. Traer el vehículo para ser inspeccionado en el CESCO.
2. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
3. Certificado de Título (no se requiere el Título si el vehículo tiene deuda con alguna institución financiera).
4. Si el cambio es por error de inscripción no se cobra, si es porque se cambió el color, puerta o se realizó un cambio de 4 a 6 cilindros deberá presentar un comprobante de rentas internas código 2031, por el valor de treinta (30)dólares.
1. Traer el vehículo para ser inspeccionado en el CESCO. No obstante, si el vehículo que ha poseído mediante contrato de arrendamiento a largo plazo con opción a compra“leasing” dicho vehículo no requerirá la inspección del CESCO.
2. Certificación de Pesaje, solo aplica a vehículos pesados
3. Original del Permiso para Vehículo de Motor o Arrastres (si está vigente), de no estar legible deberá presentar Certificación de Marbete.
4. Certificado de Título, solo en los casos de cambio de pesaje, de no tenerlo deberá solicitar duplicado en la Declaración Jurada e incluir sello de rentas internas código 5120, por el valor de seis (6) dólares y comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2) dólares.
5. Si el cambio conlleva un cambio de tablilla, deberá incluir un comprobante de rentas internas código 2010, por el valor de once (11) dólares y otro comprobante de rentas internas código 0842, por el valor de dos (2)dólares.
6. Certificado de Inspección (Forma PPR 325) de Vehículos Hurtados de la Policía de PuertoRico, solo aplica en la convención pesado privado (H) a remolque (r) o viceversa.
7. Comprobante de rentas internas por Derechos Anuales, si aplica.
8. Comprobante de rentas internas por Seguro Obligatorio, si aplica.